Se
prorroga la tasa reducida del 12,5% del IDPC para PYMEs hasta 2027.
El pasado
11 de julio fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.755, que extiende
la aplicación de la tasa reducida del 12,5% en el Impuesto de Primera Categoría
(IDPC) hasta el año comercial 2027, exclusivamente para contribuyentes acogidos
al Régimen Pro Pyme General (art. 14 D N° 3 de la LIR).
Esta
medida, de carácter transitorio, busca consolidar el crecimiento de las PYMEs,
mejorar su liquidez, fomentar la reinversión de utilidades y generar un puente
hacia una mayor formalidad laboral y previsional.
Principales
beneficios establecidos en la Ley N° 21.755.
1.
Extensión del 12,5% en el IDPC (2025–2027).
Durante
estos tres ejercicios, las PYMEs acogidas al régimen tributarán con una tasa
preferencial del 12,5%, en vez del 25% general. Para el ejercicio 2028, la tasa
aumentará al 15%, pero solo si se cumplen ciertos requisitos de cotización
previsional patronal.
Importante:
aunque la tasa del 15% parece un alza, sigue siendo 10 puntos porcentuales
menor que la del régimen en plenitud, por lo que sigue siendo ventajosa en
términos comparativos, especialmente si se planifica correctamente.
¿Qué es
la Ley N° 21.735 y qué tiene que ver con esto?
La Ley N°
21.735, publicada en abril de 2024, estableció el marco del nuevo sistema mixto
de pensiones en Chile. Esta ley impone nuevas obligaciones para los
empleadores, especialmente en materia de cotización patronal adicional, que
debe ser asumida progresivamente entre 2025 y 2028.
Porcentajes mínimos exigidos por la Ley 21.735 para mantener la tasa del IDPC:
- 1% en 2025
- 3,5% en 2026
- 4,25% en 2027
- 5% en 2028
Sugerencia
experta: El cumplimiento no solo es obligatorio para efectos previsionales,
sino condicional para mantener la tasa reducida del impuesto, por lo que debe
ser gestionado con antelación y monitoreado permanentemente.
2.
Rebaja del 50% en Pagos Provisionales Mensuales (PPM).
Durante
los ejercicios 2025–2027, los contribuyentes Pro Pyme podrán reducir a la mitad
la tasa de sus PPM, lo que mejora la liquidez mensual disponible sin poner en
riesgo su cumplimiento tributario.
3.
Mantención del incentivo al ahorro.
Se
mantiene la opción de deducir hasta el 50% de la renta líquida imponible, con
tope de 5.000 UF, siempre que las utilidades no sean retiradas ni distribuidas
antes del cierre del ejercicio. Esta deducción se aplica anualmente en el
Formulario 22 (código 1432).
Análisis
técnico y financiero: ¿por qué es una oportunidad estratégica?
Efecto
combinado favorable:
Aplicar
la tasa del 12,5 % sobre una base imponible ya reducida por el incentivo al
ahorro genera un efecto multiplicador de reducción tributaria, permitiendo a
las empresas liberar recursos sin renunciar a la formalidad.
Ejemplo
ilustrativo:
Concepto |
Valor
(UF) |
Renta
líquida imponible |
3.000 |
Deducción
por incentivo al ahorro |
–1.500 |
Base
imponible efectiva |
1.500 |
Impuesto
(12,5%) |
187,5 |
Ahorro
total |
187,5 |
¿Y qué
pasa con los socios?
Un punto
que muchas veces se omite es el impacto personal en los dueños y socios de la
empresa. Si bien el régimen Pro Pyme General permite generar 100% de crédito
por impuesto pagado, cualquier retiro, distribución o dividendos efectuados
deberán ser reconocidos como renta afecta al Impuesto Global Complementario por
los socios.
Sugerencia:
Para optimizar el resultado global, se debe analizar la situación personal de
cada socio, proyectar sus tramos de IGC y evitar saltos tributarios no
planificados. Una empresa puede estar bien planificada, pero un mal retiro
puede significar una carga adicional relevante en la declaración personal.
¿Qué
deberías hacer ahora?
- Verifica si tu empresa está correctamente acogida al régimen Pro Pyme General.
- Revisa los niveles de cotización previsional patronal.
- Evalúa el monto reinvertido y su efecto sobre la base imponible.
- Proyecta el impacto en socios y sus declaraciones personales.
- Planifica flujos y proyecciones con el nuevo escenario de tasas.
- Ajusta tus PPM con base en resultados proyectados y no históricos.
En
V&G Asesores, no solo evitamos errores: optimizamos tus decisiones.
Entendemos que las leyes tributarias no deben verse como una amenaza, sino como
una herramienta para fortalecer tu empresa, proyectar tu crecimiento y cuidar
tu patrimonio personal y familiar.
Somos especialistas en:
- Planificación tributaria para PYMEs.
- Análisis integrado empresa-socio.
- Evaluación del incentivo al ahorro.
- Proyecciones y ajustes de PPM.
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“Aprovechar
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reales.”
—
Jonathan Guzmán Muñoz, Contador Auditor – MBA – Perito Judicial.