La
Corte Suprema estableció, en un fallo por un caso de una trabajadora que fue
despedida por Tottus, que para que una empresa pueda usar esta causal “no basta
la simple decisión patronal".
Según
lo argumentó la Corte Suprema, la automatización y la reestructuración no es
una razón válida para que las empresas puedan desvincular trabajadores bajo la
causal establecida en el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo, un
despido por necesidad de la empresa.
Fue
durante este fallo, en la Cuarta Sala del máximo tribunal, donde esta misma entidad
judicial volvió a limitar los alcances de esta figura legal.
Según
lo dio a conocer el Diario Financiero, todo se dio bajo el contexto de una
trabajadora, quien recurrió a la justicia tras ser despedida por Tottus bajo
los parámetros ya mencionados.
En la
demanda presentada por esta mujer, específicamente en Juzgado de Letras del
Trabajo de San Bernardo, la empresa explicó que su desvinculación se debía a
procesos internos de reorganización y readecuación.
Además
de esto se indicó que su cargo de supervisora de cajas “ha sido objeto de un
proceso de racionalización y restructuración de la compañía”.
La
justicia en primera instancia desestimó la demanda, tras lo cual la afectada
recurrió a la Corte de Apelaciones, pero el pronunciamiento se repitió. La
mujer escaló su disputa y obtuvo el respaldo de la Suprema.
Despido
por necesidad de la empresa
En su
fallo, la corte –integrada por el ministro Ricardo Blanco, las ministras Gloria
Ana Chevesich, María Cristina Gajardo, Dobra Lusic y el abogado Eduardo
Morales-destaca que uno de los principios del derecho laboral es la protección
del trabajador.
Lo
anterior, puesto que contiene normas de orden público que establecen
“prerrogativas irrenunciables en materia de remuneraciones, descansos y
feriados”.
Esto,
“además de aquellas que reglamentan la forma de término del contrato,
constituyendo una manifestación de aquel principio la continuidad en el
empleo”.
La
causal de despido, sostiene la Suprema, exige la concurrencia de aspectos
técnicos o económicos, y al ser objetiva, no puede fundarse en la simple
voluntad del empleador.
Por el
contrario, “en situaciones graves que den cuenta que forzosamente debió adoptar
procesos de modernización o de racionalización en el funcionamiento de la
empresa.
“No
basta la simple decisión patronal para justificar la desvinculación del
dependiente”, dijo la Suprema.
Esto,
“puesto que se requiere de una razón adicional, grave y exterior a su intención
para sostenerla, conjunto de exigencias que en este caso no concurren”.
Fuente:
Biobiochile.cl.
