Quienes todavía mantienen cuotas pendientes de los Préstamos Solidarios entregados durante 2020 y 2021 enfrentan durante las próximas semanas una oportunidad especialmente importante para ordenar su situación tributaria.

El Servicio de Impuestos Internos amplió hasta el 30 de noviembre de 2026 el plazo para que cerca de 900 mil contribuyentes que mantienen declaraciones de renta pendientes puedan regularizar los períodos correspondientes.

Pero existe una novedad todavía más relevante para quienes actualmente no cuentan con los recursos necesarios para pagar completamente la deuda.

Desde el 14 de septiembre, el SII permite obtener electrónicamente un cupón de pago o comprobante de deuda, sin necesidad de concurrir presencialmente a una oficina.

Y existe una fecha que debe marcarse en el calendario:

desde el martes 22 de septiembre quienes hayan generado ese cupón podrán utilizarlo para solicitar un convenio de pago ante la Tesorería General de la República.

No poder pagar inmediatamente ya no significa no poder regularizar

Hasta ahora, uno de los principales obstáculos era precisamente ese.

Una persona podía reconocer que tenía una declaración pendiente, querer solucionar su situación, pero no disponer del dinero necesario para pagar toda la obligación al momento de presentar el Formulario 22.

La nueva modalidad busca separar ambos procesos.

El contribuyente puede regularizar la declaración pendiente, determinar formalmente la deuda y obtener el antecedente necesario para posteriormente solicitar un convenio ante Tesorería.

En términos prácticos, esto abre una alternativa para quienes desean ponerse al día pero necesitan financiar el pago.

¿Quiénes deberían revisar su situación?

Principalmente aquellas personas que solicitaron alguno de los Préstamos Solidarios de 2020 o 2021 y que no presentaron su Declaración Anual de Impuesto a la Renta en uno o más de los años en que correspondía determinar y pagar las respectivas cuotas.

El problema es relevante porque el mecanismo de devolución de estos beneficios estaba directamente asociado a las Operaciones Renta posteriores.

El SII ha señalado que aproximadamente un millón de contribuyentes dejaron de presentar su declaración en al menos una oportunidad dentro del período correspondiente, pese a registrar ingresos.

Tras las gestiones realizadas durante agosto, el universo sujeto al proceso extraordinario se sitúa en torno a 900 mil personas.

¿Cómo saber si existe una obligación pendiente?

El primer paso debería ser ingresar al sitio del SII y revisar los años tributarios correspondientes.

El procedimiento informado por el Servicio considera:

Servicios Online → Declaración de Renta → Declarar Renta (F22) → seleccionar el año tributario correspondiente → revisar la propuesta.

Si existen períodos pendientes, deben analizarse individualmente.

No resulta recomendable limitarse a observar una deuda global sin comprobar previamente:

  • qué año tributario la originó;
  • cuál fue el monto determinado;
  • qué ingresos fueron considerados;
  • qué retenciones adicionales se encuentran registradas;
  • si existieron prepagos;
  • y si el Formulario 22 de cada período fue efectivamente presentado.

El Préstamo Solidario 2021 llega a su última cuota en la Operación Renta 2026

Para quienes solicitaron el Préstamo Solidario 2021, la Operación Renta 2026 corresponde a la cuarta y última cuota ordinaria.

Esta equivale al 30% del préstamo originalmente recibido, reajustado según IPC, aunque el monto anual exigible se encuentra sujeto al límite establecido legalmente en relación con los ingresos obtenidos por el contribuyente.

El SII señala que el monto de cada cuota no puede superar el 5% de los ingresos anuales del período utilizado para su determinación.

Por ello, antes de pagar cualquier monto resulta importante revisar cómo fue calculada la obligación.

Más de 104 mil personas ya regularizaron su situación

El proceso no es marginal.

Según el balance entregado por el SII, hasta el 31 de agosto de 2026, un total de 104.916 personas había regularizado cuotas impagas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021.

El monto regularizado alcanzó aproximadamente $23.230 millones.

Para lograrlo se presentaron 225.457 Declaraciones de Renta correspondientes a distintos períodos pendientes.

Estas cifras muestran que una misma persona puede mantener más de una declaración anual sin presentar y que la regularización debe efectuarse año por año.

Dos caminos para regularizar

Actualmente existen esencialmente dos alternativas.

1. Presentar la declaración y pagar

Si el contribuyente dispone de los recursos necesarios, puede ingresar al SII, seleccionar el año tributario pendiente, revisar la propuesta de Formulario 22 y efectuar el pago correspondiente.

2. Determinar la deuda y solicitar convenio

Si no puede pagar inmediatamente, desde el 14 de septiembre puede acceder al mecanismo que permite obtener el cupón o comprobante asociado a la deuda.

Según lo informado por el SII, ocho días después de generado el documento podrá utilizarlo para gestionar un convenio ante la Tesorería General de la República.

Para quienes utilizaron esta alternativa desde el primer día de funcionamiento, esa posibilidad comienza a materializarse el 22 de septiembre de 2026.

Atención: regularizar no significa simplemente “pagar lo que aparece”

Existe un punto técnico que no debería pasarse por alto.

Antes de aceptar automáticamente una propuesta correspondiente a un año anterior, conviene verificar que los antecedentes tributarios utilizados sean correctos.

Especialmente deberían revisarse:

retenciones adicionales del 3%, ingresos declarados por empleadores o pagadores de honorarios, Formularios 29, eventuales prepagos mediante Formulario 50, declaraciones anteriores y pagos ya efectuados.

Una inconsistencia en cualquiera de estos antecedentes puede modificar el monto que finalmente corresponda pagar.

Por eso, si existen varios años pendientes o diferencias importantes, la regularización debería comenzar con una reconstrucción tributaria de los períodos involucrados.

El 30 de noviembre es la fecha límite extraordinaria

El SII extendió el plazo originalmente previsto hasta el 30 de noviembre de 2026.

Aunque todavía quedan varias semanas, esperar hasta los últimos días puede ser una mala estrategia cuando existen múltiples períodos sin declarar.

Cada Formulario 22 debe ser revisado individualmente y una diferencia en un año puede afectar la interpretación de los siguientes.

Alerta V&G

El aspecto más importante de este proceso no es solamente que exista una deuda.

Es que ahora existen mecanismos concretos para regularizarla incluso cuando el contribuyente no puede pagarla completamente de inmediato.

La secuencia correcta debería ser:

revisar → determinar → corregir si corresponde → declarar → generar la deuda → definir la forma de pago.

No al revés.

Pagar rápidamente una cifra sin comprobar previamente cómo fue determinada puede solucionar una deuda administrativa, pero también puede significar asumir un monto que requería revisión.

En materias tributarias, regularizar bien es tan importante como regularizar a tiempo.

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