El
pago de contribuciones de bienes raíces está sujeta año tras año para aquellas
personas que posean una propiedad en el país por un terreno agrícola o no
agrícola, quienes se les aplica un impuesto territorial.
¿Qué
personas están exentas o tienen rebaja al pago?
Bajo
la Ley 21.210 de la legislación tributaria, se amplió el beneficio para los
adultos mayores vulnerables económicamente, propietarios de bienes raíces no
agrícolas con destino habitacional, quienes podrán acogerse a una gran rebaja
en las cuotas de sus contribuciones de acuerdo a sus ingresos mensuales.
¿Qué
ingreso mensual debo tener?
Ingreso
mensual igual o inferior a $731.309 al 31 de diciembre del año anterior a aquel
en que se hace efectiva la rebaja: Tendrán una rebaja del 100% del Impuesto
Territorial, respecto de una propiedad con destino habitacional de la que se es
propietario.
Ingreso
mensual superior a $731.309 o inferior o iguales a $1.625.130 al 31 de
diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja: Tendrán
una rebaja del 50% de las contribuciones para dicha propiedad.
¿Cuáles
son los requisitos?
Tener
al menos 60 años si eres mujer y 65 años si eres hombre, cumplidos al 31 de
diciembre del año anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja en las
contribuciones.
El
inmueble debe estar inscrito a nombre del adulto mayor exclusivamente o en
conjunto con su cónyuge, conviviente civil o en conjunto con los hijos que
hayan sucedido a su cónyuge fallecido, en el Registro de Propiedad del
Conservador de Bienes Raíces respectivo, al 31 de diciembre del año anterior a
aquel en que se hace efectiva la rebaja en las contribuciones.
El
inmueble no agrícola debe estar destinado a la habitación.
El
avalúo fiscal vigente del inmueble por el cual se hace efectiva la rebaja, no
debe exceder de $ 192.603.583 al 1°de Julio del 2022.
Si el
contribuyente es propietario de varios inmuebles, la suma de los avalúos
fiscales de los bienes raíces, independientemente de su destino (habitacional,
bodega y almacenaje, comercio u otro), no debe exceder de $ 257.306.349 al 1°de
Julio del 2022.
¿Cómo
accedo al beneficio?
No es
necesario realizar ningún trámite, ya que el SII durante el mes de agosto de
2022 verificó el cumplimiento de los requisitos para aplicar el beneficio a
aquellas personas que cumplan con ellos y se les entregará una carta en el
domicilio o a través del correo electrónico del beneficio de la rebaja en caso
que lo tenga registrado en la plataforma del SII.
Fuente:
Red
Gol.