La situación actual del proyecto

Al 25 de julio de 2026, la llamada Ley de Reconstrucción está entrando en su etapa decisiva.

La Comisión Mixta logró resolver la diferencia que quedaba pendiente sobre la compensación a los municipios por la exención de contribuciones para determinados adultos mayores. La Cámara de Diputadas y Diputados ya aprobó esa fórmula y ahora falta el pronunciamiento del Senado.

Estado actual: si el informe también es aprobado por la Cámara Alta, el proyecto quedará despachado por el Congreso. Eso no significa, sin embargo, que el texto conocido vaya a convertirse automáticamente en la ley que finalmente se publique.

El Gobierno ya anunció que formulará un veto, al menos para eliminar la prohibición absoluta del anatocismo. A eso se suman los requerimientos presentados ante el Tribunal Constitucional por algunas normas relacionadas con la invariabilidad tributaria y con la restitución de gastos cuando una Resolución de Calificación Ambiental es anulada.

El Tribunal Constitucional no puede reescribir el proyecto ni sustituir al Congreso. Sí puede declarar inconstitucionales determinadas disposiciones e impedir que formen parte del texto definitivo. El veto presidencial, por su parte, deberá volver al Congreso y puede abrir una nueva discusión sobre algunas de las normas aprobadas.

La estructura principal de la reforma está avanzada, pero todavía existen decisiones capaces de modificar aspectos importantes antes de su promulgación.

La rebaja tributaria es relevante, pero su efecto no es lineal

El proyecto contempla una reducción gradual del Impuesto de Primera Categoría desde el actual 27% al 25,5% en 2027, al 24% en 2028 y al 23% desde el año comercial 2029. También considera una reintegración progresiva del sistema tributario, que debería completarse hacia el año tributario 2031.

En el debate público, esta medida suele resumirse diciendo que las empresas pagarán cuatro puntos menos. Técnicamente, la situación es bastante más compleja.

El Impuesto de Primera Categoría lo paga inicialmente la empresa, pero la carga tributaria total también depende de lo que ocurra cuando las utilidades son retiradas o distribuidas. Influyen el crédito disponible, el régimen tributario, la tasa personal de cada propietario y la decisión de reinvertir o retirar los resultados.

La rebaja sí produce un efecto inmediato: deja más recursos dentro de la empresa.

Para una compañía que reinvierte, esa liquidez puede convertirse en capital de trabajo, nuevas contrataciones, compra de activos, tecnología o expansión. Para una empresa que distribuye la mayor parte de sus utilidades, el efecto final dependerá de la tributación de sus socios o accionistas.

El punto central no es solo cuánto recurso se libera, sino qué ocurre después con esa caja.

Si se transforma en inversión productiva, empleo o innovación, puede generar un impacto positivo. Si se acumula, se distribuye o termina invertida fuera de Chile, el efecto sobre la economía local será mucho más limitado.

Invariabilidad tributaria: certeza para grandes proyectos

El proyecto ofrece estabilidad por 10, 15 o 20 años a inversiones desde US$50 millones, a cambio de un recargo corporativo de 1,5%. Para proyectos mineros, energéticos, industriales o de infraestructura, esa estabilidad puede ser valiosa. Son inversiones que requieren grandes desembolsos y que tardan muchos años en recuperar el capital comprometido.

En términos simples, el inversionista paga una prima a cambio de protegerse frente a futuros cambios tributarios.

El problema es que esa certeza no convierte automáticamente a Chile en una jurisdicción más competitiva.

Con una tasa corporativa de 23% y un recargo de 1,5%, el proyecto acogido a invariabilidad soportaría una tasa nominal de 24,5%. No es una tasa desproporcionada, pero tampoco representa por sí sola una ventaja extraordinaria frente a otros destinos de inversión.

Las decisiones empresariales no dependen únicamente del impuesto corporativo. También pesan la depreciación de los activos, los créditos tributarios, los incentivos a la innovación, el precio de la energía, la infraestructura, la calidad institucional y el tiempo que demora conseguir una autorización.

Además, se produce una diferencia que no debería ignorarse. Los grandes proyectos que superen el umbral podrán pagar por estabilidad tributaria, mientras las inversiones de menor escala seguirán sometidas al régimen general y a los cambios que puedan aprobar gobiernos futuros.

La evaluación del sistema no debería limitarse a informar cuántos proyectos se acogieron. Habrá que determinar cuánta inversión realmente nueva llegó gracias a esta medida y cuánta correspondía a proyectos que probablemente se habrían realizado de todas maneras.

El mayor riesgo está en el frente fiscal

El Gobierno apuesta a compensar la menor recaudación con más crecimiento, eficiencia administrativa, contención del gasto y nuevas fuentes de ingresos. El planteamiento puede ser razonable, pero el punto de partida es estrecho y el gasto público chileno tiene una rigidez considerable.

No es sencillo reducir remuneraciones, pensiones, prestaciones de salud, educación, transferencias sociales, contratos vigentes y otras obligaciones legales. Gran parte de ese gasto no puede ajustarse rápidamente sin producir consecuencias importantes.

Hablar de austeridad no es suficiente. Los ahorros deben tener nombre, monto, plazo y permanencia.

De lo contrario, la rebaja tributaria comienza a operar, pero la reducción del gasto nunca termina de materializarse.

Las proyecciones de la Dirección de Presupuestos muestran holguras negativas durante todo el período 2027-2030. Bajo el escenario de gasto actualmente comprometido, la deuda bruta del Gobierno Central superaría el ancla prudente del 45% del PIB desde 2029 y llegaría aproximadamente al 45,5% en 2030.

Para evitarlo, el gasto efectivo tendría que situarse por debajo de los compromisos hoy proyectados.

El Consejo Fiscal Autónomo también ha advertido que el efecto fiscal neto del proyecto se mantendría en terreno deficitario al menos hasta 2031, incluso incorporando el mayor crecimiento que espera el Gobierno.

La razón es clara: la reducción de los ingresos tributarios comienza a sentirse cuando entran en vigencia las nuevas tasas. En cambio, una inversión puede tardar años en aprobarse, financiarse, construirse, contratar trabajadores, generar utilidades y producir una mayor recaudación.

La baja de impuestos es cierta y tiene fecha.

El crecimiento adicional es una expectativa que todavía debe cumplirse.

Por eso, las sucesivas reducciones de la tasa corporativa deberían ir acompañadas de evaluaciones fiscales reales. Antes de avanzar automáticamente hacia una nueva rebaja, tendría sentido revisar el comportamiento de la inversión, el empleo formal, la deuda pública, el balance estructural y los ahorros comprometidos.

No se trata de neutralizar la reforma ni de mantener impuestos altos por principio. Se trata de evitar que una reducción tributaria permanente termine financiándose con deuda pública destinada a sostener gastos corrientes.

La permisología no se resuelve pagando cuando una RCA se anula

Algo parecido ocurre con la propuesta de restituir gastos a las empresas cuando una RCA favorable es posteriormente anulada.

El problema que se intenta resolver es real. Para cualquier inversionista es muy difícil asumir que una autorización otorgada por el Estado pueda perder validez después de haber comprometido recursos relevantes.

Pero tampoco parece razonable que toda anulación termine convirtiéndose automáticamente en una cuenta para el Fisco.

Debe distinguirse si la resolución cayó por un error de la Administración o si existieron antecedentes incompletos, deficiencias técnicas o actuaciones imputables al propio titular del proyecto.

Sin esa diferenciación, el mecanismo puede trasladar al Estado riesgos que corresponden a la evaluación y debida diligencia empresarial. La Corte Suprema ya advirtió que el Fisco podría terminar actuando como una especie de asegurador general del riesgo regulatorio, mientras el Consejo Fiscal Autónomo ha señalado que la norma abre una contingencia fiscal sin un límite máximo claramente definido.

La solución de fondo no es prometer que el Estado pagará cuando una autorización se anule años más tarde. La solución es que las evaluaciones se realicen bien desde el comienzo.

Chile necesita un sistema ambiental con criterios claros, servicios coordinados, plazos razonables y resoluciones técnicamente sólidas, capaces de superar la revisión judicial. Una rebaja tributaria puede mejorar la rentabilidad de un proyecto, pero no sirve de mucho cuando la inversión permanece paralizada durante años o nunca alcanza verdadera certeza jurídica.

La advertencia de la CMF sobre el anatocismo

También resulta atendible la posición de la Comisión para el Mercado Financiero respecto del anatocismo.

La CMF no ha rechazado la reforma en su conjunto. Su advertencia se ha concentrado en la prohibición absoluta de capitalizar intereses.

Eliminar completamente esa posibilidad puede afectar operaciones tan comunes como depósitos renovables, refinanciamientos, períodos de gracia, líneas de crédito y préstamos con cuotas variables. Además, podría elevar el costo del crédito y endurecer las condiciones para quienes presentan un perfil financiero más riesgoso.

La discusión no debería plantearse como una defensa de los bancos frente a los deudores.

Es posible limitar abusos, aumentar la transparencia, regular con mayor rigor los intereses moratorios y proteger al consumidor sin eliminar herramientas que también permiten reorganizar una deuda.

Una prohibición absoluta podría terminar perjudicando precisamente a quienes se intenta proteger, porque reduce sus posibilidades de refinanciamiento y obliga a las instituciones a trasladar el mayor riesgo a tasas, garantías o requisitos más exigentes.

Entonces, ¿en qué situación estamos?

El Senado todavía debe votar el informe de la Comisión Mixta. Si lo aprueba, el proyecto será despachado por el Congreso. Después vendrá la discusión del veto presidencial y la resolución de los requerimientos presentados ante el Tribunal Constitucional.

El núcleo de la reforma ya superó sus principales obstáculos legislativos, pero todavía no conocemos con completa certeza la ley que finalmente entrará en vigencia.

Desde mi trabajo como contador auditor y perito, veo diariamente cuánto necesitan las empresas mayor certeza, acceso al financiamiento, reglas estables y un sistema que permita invertir sin pasar años esperando una respuesta.

Chile necesita crecer, invertir y generar empleo formal. En eso debería existir bastante acuerdo.

Pero una rebaja de impuestos no arregla por sí sola una permisología deficiente. La invariabilidad para los grandes proyectos no sustituye la confianza en las reglas generales. Y la austeridad fiscal no puede descansar únicamente en declaraciones si no existen ahorros concretos, cuantificados y permanentes.

La reforma puede mejorar los incentivos. Su verdadera prueba será comprobar si la liquidez que queda en las empresas se convierte en inversión, si los proyectos logran avanzar con mayor certeza y si el crecimiento llega antes de que la menor recaudación se transforme en más deuda pública.

El Senado puede cerrar pronto la discusión legislativa. La evaluación económica, tributaria y fiscal recién comenzará cuando la reforma entre en vigencia.